Sentencia N° 1553 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1553, Exp. 06-875, 17/10/2006
Expediente06-875
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-10-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de octubre de 2006, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos tanto por la parte demandante como por la parte demandada en un juicio de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La sentencia de alzada había confirmado parcialmente la decisión del tribunal inferior, que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala observó que las alegaciones de los recurrentes no lograron demostrar los vicios denunciados en la sentencia impugnada.
Extracto de la motiva
El recurrente alega que la sentencia impugnada adolece del vicio de “motivación contradictoria”, ya que el juzgador de instancia desestimó la defensa esgrimida por la parte demandada para rechazar la procedencia del concepto “ayuda de ciudad” como parte del salario del trabajador, afirmando que la misma constituía un hecho nuevo que no había sido alegado en la contestación de la demanda, y por lo tanto, no podría ser invocado como defensa en la audiencia de apelación. Sin embargo –considera el recurrente-, no se utilizó el mismo razonamiento para determinar el salario integral del actor, ya que el juez no se atuvo al monto alegado en la demanda –el cual no fue rechazado motivadamente en la contestación-, y procedió el juez de alzada a modificar el salario establecido por el a quo. Se observa que el vicio de inmotivación por contradicción en los motivos, constituye un defecto de forma que vicia la sentencia de nulidad, en tanto y en cuanto las razones expresadas por el juez para decidir sobre un mismo aspecto de la controversia, se destruyen entre sí por existir una contradicción lógica entre ellas, que deja inmotivada la sentencia sobre el punto en cuestión.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia publicada el 8 de febrero de 2006 por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la mencionada sentencia; 3) Se CONFIRMA la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónmotivación contradictoriaayuda de ciudadsalario integralcontinuidad laboralinfracción de ley