Sentencia N° 1401 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1401, Exp. 11-901, 06/12/2012
Expediente11-901
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de diciembre de 2012, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Omar José Vallasana Martínez contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo del Estado Bolívar, que había modificado una decisión anterior sobre el pago de prestaciones sociales. La Sala anuló el fallo recurrido y decidió parcialmente con lugar la demanda, reconociendo la existencia de una relación laboral entre el demandante y la demandada, así como la procedencia de los conceptos laborales reclamados, incluyendo la prestación de antigüedad, vacaciones y utilidades vencidas.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: El vicio de falsa aplicación se produce cuando el juez aplica una determinada norma jurídica a una situación de hecho que no es la contemplada en ella, esto es, el error en la calificación jurídica de la hipótesis concreta contenida en la norma. La sentencia recurrida determinó que el ciudadano ingresó a prestar servicios desde el 16 de octubre de 2006 hasta el 30 de mayo de 2009, considerando que el tiempo de servicio prestado por el demandante fue de dos (2) años, siete (7) meses y catorce (14) días, para lo cual acordó el pago por concepto de prestación de antigüedad calculado de la manera siguiente: cuarenta y cinco (45) días el primer año de servicio, sesenta y dos (62) días el segundo año de servicio, y sesenta (60) días por la fracción de siete (7) meses del último año de servicio. Así, se desprende de la transcripción de las normas parcialmente transcritas, que cuando la prestación de antigüedad hubiere terminado, y a la fecha de terminación de la relación de trabajo transcurrió una fracción que fuere superior a seis (6) meses de prestación de servicio, le corresponden al trabajador los días adicionales correspondientes a un (1) año completo de servicio.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 4 de mayo de 2011; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA.