Sentencia N° 133 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 133, Exp. 03-961, 05/03/2004
Expediente03-961
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-03-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 5 de marzo de 2004, declaró sin lugar la demanda presentada por César Augusto Villarreal Cardozo contra Panamco de Venezuela, S.A., por cobro de prestaciones sociales, alegando que la acción estaba prescrita. El tribunal consideró que la relación laboral había culminado el 15 de febrero de 1998 y que la demanda fue interpuesta el 7 de marzo de 2001, superando el lapso de prescripción de un año establecido por la Ley Orgánica del Trabajo. La Sala también abordó la falta de motivación en la sentencia recurrida y la validez de una transacción previa, concluyendo que no había lugar para la anulación del fallo anterior.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: El ordinal 3° del artículo 168 de la novísima Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece como uno de los motivos de casación, la falta de motivación, la contradicción en los motivos, el error en los motivos y la falsedad o ilogicidad de la motivación. Pues bien, la doctrina ha señalado que la inmotivación es un vicio de la sentencia producido por el incumplimiento de un requisito intrínseco de la decisión cuando ésta carece de los motivos de hecho y de derecho. En este sentido, es pacífico y reiterado de la casación que resulta inmotivado el fallo que carece absolutamente de motivos, no aquel en el cual los motivos son escasos o exiguos. Asimismo, la doctrina ha señalado que hay falta absoluta de fundamentos, cuando los motivos del fallo, por ser impertinentes, contradictorios o integralmente vagos o inocuos no le proporcionan apoyo alguno al dispositivo de la sentencia, que constituye la verdadera finalidad de la pretensión. Igualmente existe inmotivación absoluta y por lo tanto el fallo es nulo, si el juez no expresa los motivos en que fundamenta la decisión respecto a un punto específico de la controversia de cualesquiera de las cuestiones planteadas, bien sean de hecho o de derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1°. CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia de fecha 13 de noviembre del año 2003, dictada por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción del Estado Trujillo. En consecuencia, se casa el referido fallo; 2°. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN de conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo; y, 3°. SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO VILLARREAL CARDOZO contra PANAMCO DE VENEZUELA S.A.. Se condena en las costas del proceso a la parte demandante al resultar totalmente vencida, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionesprescripciónrelación laboraltransaccióninmotivaciónLey Orgánica del Trabajoacción laboralsentencia de casación