Sentencia N° 1263 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1263, Exp. 10-189, 17/11/2011
Expediente10-189
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-10-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de octubre de 2011, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos por las empresas Veconsa C.A. y Corarfa C.A., así como por la parte demandante, en un proceso de cobro de acreencias laborales. La sentencia confirma la decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación y había confirmado la decisión de primera instancia que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala argumentó que no se demostraron los elementos necesarios para establecer la existencia de un grupo de empresas entre las demandadas y que la carga de la prueba recaía sobre quienes alegaban la solidaridad laboral.
Extracto de la motiva
La parte formalizante denuncia la infracción del artículo 22 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por falsa aplicación; no obstante, al fundamentar su delación, afirma que el juez ad quem dio por cierta la existencia de un grupo de empresas entre Veconsa, C.A. y Corarfa, C.A., con base en cuatro elementos que no están establecidos en el artículo delatado, con lo cual parece referirse al error de interpretación de la citada disposición, por haber tergiversado el juez su alcance y contenido; en este sentido, la parte recurrente también afirma: “(…) si la determinación de la existencia del grupo económico (…) hubiese sido por aplicación de la presunción establecida en el parágrafo segundo del artículo 22 del Reglamento (…) también estaríamos en presencia de la incorrecta interpretación de ella”. Por lo tanto, esta Sala entiende que la denuncia planteada está referida a la infracción por error de interpretación, del mencionado artículo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por las empresas codemandadas Veconsa C.A. y Corarfa C.A., contra la decisión de fecha 18 de diciembre de 2009, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello; y 2°) SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandante, contra la decisión antes identificada.
Palabras clave
cobro de acreencias laboralesrecurso de casaciónsolidaridad laboral