Sentencia N° 1235 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1235, Exp. 13-1456, 12/08/2014
Expediente13-1456
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 0045, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Representaciones Las 2 Rayitas, C.A. contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara, que había confirmado la existencia de una sustitución de patrono y ordenado el embargo de bienes. La Sala argumenta que se vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso, ya que la decisión de embargar bienes de un tercero que no fue parte en el juicio es contraria a la ley. Se anula el fallo recurrido y se establece que el embargo no puede recaer sobre la cantidad caucionada por el tercero opositor.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: De la exégesis realizada por esta Sala al hilo argumentativo expuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Representaciones Las 2 Rayitas, C.A., como fundamento del recurso sub iudice, se extrae la delación de infracciones referidas a los artículos 88 y 89 de la Ley Orgánica del Trabajo -aplicable rationae tempore-, y la transgresión de formas procesales que menoscaban el derecho a la defensa y al debido proceso de su representada, luego de que el ad quem declaró la existencia de la sustitución de patrono, entre las empresas Inversiones Costabol, C.A. -una de las codemandadas solidariamente-, y su representada, en la incidencia de oposición al embargo ejecutivo decretado sobre bienes de las demandadas solidarias en fase de ejecución de sentencia, recayendo materialmente el mismo, sobre bienes propiedad de la recurrente, sin tener la cualidad para ello, por no haber formado parte del contradictorio ni ser ninguna de las demandadas solidarias condenadas por la definitiva.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: primero: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por el tercero opositor, sociedad mercantil Representaciones Las 2 Rayitas, C.A., contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 19 de septiembre del año 2013; segundo: ANULA el fallo recurrido y de conformidad con el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara; tercero: CON LUGAR la oposición al embargo formulada por el tercero opositor, en consecuencia, el fallo definitivo dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 15 de diciembre del año 2011, no podrá ejecutarse mediante el embargo de la cantidad dineraria caucionada por el tercero opositor ni contra bienes de su propiedad.
Palabras clave
sustitución de patronoembargoderecho a la defensadue process