Sentencia N° 1221 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1221, Exp. 13-335, 12/08/2014
Expediente13-335
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Giancarlo Bartolucci Brozzetti contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala confirma la sentencia recurrida que había declarado parcialmente con lugar la demanda y revocado el fallo del Juzgado Cuarto de Primera Instancia. Se argumenta que el pago de la antigüedad no puede ser considerado como salario y que el acuerdo de pago mensual no menoscaba los derechos del trabajador.

Extracto de la motiva

Ahora bien, si las normas de orden público establecidas en todos los artículos antes mencionados y no tomados en cuenta por el juzgador de la sentencia recurrida nos llevan a concluir que no puede ser pagada mensualmente la prestación de antigüedad, por negativa expresa y contundente de así hacerlo; si el acuerdo o convenimiento invocado por el sentenciador es nulo de toda nulidad por las razones de hecho y de derecho antes expuestas; entonces dicho pago mensual no constituye el pago de la antigüedad. (…). De acuerdo a lo anterior, se observa que el argumento del recurrente se centra en afirmar que el juez a quo “no tomó en cuenta” las normas de orden público sobre prestación de antigüedad, por tanto, pese a la falta de claridad de la delación bajo estudio, considera la Sala que se pretende demostrar la falta de aplicación del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), y así procederá a resolver el presente asunto. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por el ciudadano Giancarlo Bartolucci Brozzetti, contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de 29 de enero de 2013. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

suposición falsamotivaciónderecho laboralpruebainmotivaciónnormasdecisión judicial

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