Sentencia N° 1190 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1190, Exp. 12-708, 30/10/2012
Expediente12-708
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-10-30
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio por calificación de despido. La decisión del Juzgado Noveno Superior del Trabajo había declarado sin lugar el recurso de apelación y con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. La parte demandada alegó que se habían violentado normas de orden público laboral en la decisión de la Alzada. El Tribunal, tras analizar el caso, concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad. Se destacó que la naturaleza extraordinaria del recurso exige que se restrinja su admisibilidad a casos donde se encuentren violentadas disposiciones de orden público laboral. Finalmente, el Tribunal no impuso condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión, y ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo emitido por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 3 de abril de 2012. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

despidocontrol de legalidadreenganchesalarios caídosorden público laboral

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