Sentencia N° 1136 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1136, Exp. 12-712, 18/11/2013
Expediente12-712
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Awwad Awwad Bilal contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había declarado improcedente su apelación. La Sala anula el fallo impugnado y parcialmente con lugar la demanda, reconociendo que la carga de la prueba sobre el despido injustificado recae sobre la empresa demandada, UPI, C.A., quien no logró demostrar la causa de terminación del vínculo laboral. Se ordena el pago de indemnizaciones y otros conceptos laborales adeudados al demandante.

Extracto de la motiva

La Sala observa que de conformidad con el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncia el recurrente que el fallo impugnado incurrió en el vicio de error de interpretación de los artículos 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que si bien establece que la relación de trabajo terminó en fecha 19 de junio de 2010, declaró improcedente las indemnizaciones contempladas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, ya que a su decir, el demandante no demostró la forma de terminación de la relación laboral, siendo que era a la demandada a quien le correspondía demostrar tal circunstancia. Alega que la recurrida consideró que la relación laboral no terminó por despido injustificado, ya que a su decir, la demandante no demostró dicha causa de terminación, y no consideró que la demandada al haber admitido que entre las partes existió una relación de naturaleza laboral, le correspondía la carga de demostrar que la causa de terminación no fue la alegada en el escrito libelar, y no a la parte actora como fue determinado por el ad quem. Constituye criterio pacífico y reiterado de esta Sala de Casación Social que el vicio de error de interpretación se produce cuando el Juez, aún reconociendo la existencia y la validez de una norma apropiada al caso, equivoca la interpretación en su alcance general y abstracto, es decir, cuando no le da el verdadero sentido, haciendo derivar de ella consecuencias que no concuerdan con su contenido; por ello, es deber del recurrente en este tipo de denuncias, señalar la parte pertinente de la sentencia donde el Juez expresa su decisión, la explicación de cómo interpretó el Juez la norma y la interpretación que a su entender debe conferírsele a la misma, además de las explicaciones que estime conveniente alegar.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 18 de abril de 2012; En consecuencia, ANULA el fallo impugnado; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Awwad Awwad Bilal, contra la sociedad mercantil Upi, C.A.

Palabras clave

despido injustificadocarga de la pruebaindemnización laboral

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