Sentencia N° 1079 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1079, Exp. 12-1736, 08/08/2014
Expediente12-1736
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-08-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de agosto de 2014, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Ehilyn Linares, Yhiliana Mejías y Víctor Moronta contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua. La Sala determinó la existencia de responsabilidad solidaria entre las empresas Alimentos Kellogg, S.A. y Recem, C.A., debido a la inherencia y conexidad de sus actividades laborales, y anuló el fallo recurrido, ordenando el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales a favor de los demandantes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, en la resolución del presente recurso, se establece la existencia de solidaridad entre las empresas codemandadas en razón de la inherencia y conexidad de las actividades desarrolladas por éstas. Se da por reproducido aquí los fundamentos expuestos, en consecuencia, procede esta Sala de conformidad con los artículos 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a decidir el contradictorio conforme a los términos en que cada una de las empresas demandadas estableció los límites de la controversia planteada por los actores. En este orden de ideas, se establece que en el caso bajo estudio, la Sala debe analizar el caudal probatorio aportado por ambas partes, pronunciarse sobre la procedencia de los conceptos demandados de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo y de la Convención Colectiva aplicable, en virtud de la existencia de solidaridad entre las empresas codemandadas. A tal fin, se realizará el análisis y valoración del material probatorio aportado al proceso por las partes, conforme con lo pautado en los artículos 2, 5 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, los ciudadanos Ehilyn Linares, Yhiliana Mejías y Víctor Moronta, contra la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2012, emanada del el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) CON LUGAR la responsabilidad solidaria entre las codemandadas y 4) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

responsabilidad solidariaprestaciones laboralesconvención colectiva

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