Sentencia N° 1073 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1073, Exp. 05-465, 22/06/2006
Expediente05-465
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-06-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, analizó el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, CANTV, contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación. La controversia se centró en si existió discriminación en la aplicación del Programa Único Especial (P.U.E.) ofrecido por la empresa a sus trabajadores. La Sala concluyó que no hubo trato desigual ni discriminatorio, ya que el demandante, José Luis González, se acogió voluntariamente al P.U.E. y recibió los incentivos correspondientes a su categoría laboral.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el derecho a la igualdad y a la no discriminación se encuentra establecido en el artículo 21 de la Constitución de 1.999, el cual establece: Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia: No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. La Sala también hace referencia a la Ley Orgánica del Trabajo y su reglamento, que prohíben la discriminación laboral. En este sentido, se concluye que la categorización de los trabajadores en el P.U.E. fue adecuada y no discriminatoria, ya que el demandante se encontraba en una categoría que no le otorgaba los mismos beneficios que a los trabajadores incluidos en el anexo “A” de la Convención Colectiva.
Dispositiva
1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 10 de febrero del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, ANULA el fallo dictado por el citado Juzgado Superior anteriormente identificado; y 2) SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.).