Sentencia N° 1056 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1056, Exp. 12-451, 07/11/2013
Expediente12-451
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-07
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia dictada el 7 de noviembre de 2013, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Olga Cristina de la Trinidad Martínez Pisani contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La Sala encontró procedente la denuncia de infracción de normas laborales, específicamente en relación a la terminación de la relación laboral y el derecho a recibir indemnización por despido y prestaciones sociales. Se determinó que la fecha de terminación del vínculo laboral fue el 3 de diciembre de 2009, y no el 13 de abril de 2009 como alegaba la parte demandada, lo que implicó el reconocimiento de derechos laborales a favor de la demandante.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la parte actora, al haber sido declarada inválida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, continuó en condición activa hasta que se le notificó el otorgamiento de la pensión de invalidez. Esto implica que la terminación de la relación laboral se produjo el 3 de diciembre de 2009, lo que le otorga a la demandante derecho a recibir indemnización y prestaciones sociales conforme a la Ley Orgánica del Trabajo. La Sala concluye que la decisión del juzgado inferior incurrió en error al considerar que la incapacidad de la trabajadora no constituía causa de terminación del vínculo laboral, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de casación y anular el fallo impugnado.

Dispositiva

Se anula el fallo recurrido y se ordena a la parte demandada el pago de la cantidad de Bs. 175.865,87 a favor de la ciudadana Olga Cristina de la Trinidad Martínez Pisani, por concepto de diferencias de vacaciones, bono vacacional, indemnización por terminación de la relación laboral y reintegro de cantidades descontadas. Se ordena el pago de intereses de mora y la indexación de las cantidades condenadas, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo.

Palabras clave

prestaciones laboralesindemnizacióncasacióntrabajoinvalidez

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