Sentencia N° 1027 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de septiembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1027, Exp. 08-1888, 24/09/2010
Expediente08-1888
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-09-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había declarado con lugar el recurso de apelación del demandante. La Sala concluye que la acción no estaba prescrita, a pesar de que la juez de alzada había infringido el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo al considerar que la acción prescribía a los 10 años. Se establece que el cómputo del lapso de prescripción debe iniciarse desde la fecha de la providencia administrativa que ordena el reenganche del trabajador.

Extracto de la motiva

(Omissis)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Especial), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 15 de octubre de 2008, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Se condena en costas a la recurrente, de conformidad con los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

prescripciónacciones laboralesreenganchesentencia de casación

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