Sentencia N° 1022 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1022, Exp. 06-151, 15/06/2006
Expediente06-151
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-06-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de junio de 2006, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Agropecuaria La Macagüita y Mercantil Servicios Financieros, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La Sala declaró sin lugar el recurso de casación de Mercantil Servicios Financieros y con lugar el de Agropecuaria La Macagüita, modificando la decisión en relación a la corrección monetaria. Se estableció que la corrección monetaria solo procederá en caso de incumplimiento voluntario del fallo, calculándose desde el decreto de ejecución hasta el pago efectivo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante aduce que el sentenciador de alzada incurrió en el vicio de incongruencia con relación al punto denunciado, sin embargo, este alto Tribunal observa que la misma no tiene influencia determinante en el dispositivo de la sentencia, requisito este que viene exigiendo la doctrina de esta Sala para que un quebrantamiento de esta especie pueda dar lugar a la anulación del fallo, atendiendo con ello a los postulados de nuestra Constitución Nacional, en el sentido de no declarar la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, no hace imposible su eventual ejecución, o no viola el derecho de las partes a una justa resolución de la controversia. En consecuencia, la sola referencia al quebrantamiento formal en que habría incurrido el sentenciador, no es suficiente para dar lugar a la anulación del fallo, por lo que deberá declararse sin lugar la presente denuncia, como efectivamente así se declara.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1°) SIN LUGAR el recurso de casación intentado por la parte co-demandada Mercantil Servicios Financieros C.A. contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo de fecha 07 de diciembre del año 2005, reproducida el día 19 del mismo mes y año. De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte co-demandada recurrente; y 2°) CON LUGAR el recurso de casación intentado por la parte co-demandada Agropecuaria La Macagüita C.A. contra la sentencia antes referida. En consecuencia, SE CASA el referido fallo solo con relación a la indexación allí acordada, lo que acarrea la confirmatoria en todas sus partes de la sentencia anteriormente identificada, la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por Adalberto Antonio Castillo contra Agropecuaria La Macagüita, C.A., Consorcio Cima La Macagüita y Consorcio Inversionista Mercantil Cima, C.A., S.A.C.A. Y S.A.I.C.A, hoy denominada Mercantil Servicios Financieros, C.A.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecursos de casaciónunidad económicainfracción laboralcorrección monetariaindemnizacióndespido injustificadointereses de mora