Sentencia N° 1000 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de septiembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1000, Exp. 09-612, 22/09/2010
Expediente09-612
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-09-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, PDVSA PETRÓLEO, S.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la apelación. La Sala determina que la acción por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el demandante, CRÍSPULO JOSÉ VÁSQUEZ MATHEUS, se encuentra prescrita, dado que la demanda fue presentada más de un año después de la terminación de la relación laboral.
Extracto de la motiva
La motivación falsa se configura cuando las razones expresadas por el Sentenciador para fundamentar su decisión son tan vagas, generales, absurdas o inocuas que impiden conocer el criterio jurídico real que siguió el Juez para dictar su decisión. En este caso, la Alzada no se pronunció en cuanto a la defensa de prescripción opuesta por la demandada, lo que constituye una incongruencia negativa. La Sala establece que el cómputo del lapso de prescripción debe verificarse a partir de la fecha de terminación del vínculo laboral, y dado que la demanda fue interpuesta más de un año después, se declara sin lugar la acción por estar prescrita.
Dispositiva
1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte accionada, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 2 de marzo de 2009; 2) SE ANULA la decisión impugnada y; 3) se declara SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano CRÍSPULO JOSÉ VÁSQUEZ MATHEUS contra PDVSA PETRÓLEO, S.A., por resultar a todas luces prescrita.