Sentencia N° 756 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 756, Exp. 12-0193, 05/06/2012
Expediente12-0193
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-06-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2011 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar un recurso de apelación y parcialmente con lugar una demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala constató que hubo una falsa afirmación en la sentencia de alzada respecto a la no comparecencia de testigos, lo que llevó a la no valoración de pruebas y a la violación de derechos constitucionales del demandante. Por lo tanto, se declaró ha lugar la solicitud de revisión, anulando la sentencia impugnada y ordenando que otro Juzgado Superior dicte una nueva sentencia.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional ha indicado que la revisión de sentencias definitivamente firmes es una potestad extraordinaria, restringida a ciertos tipos de fallos. En este caso, se observó que la Juez de Alzada cometió un error al afirmar que los testigos no comparecieron a la audiencia, contradiciendo la grabación de la misma. Esto constituyó una violación de los derechos del demandante a una adecuada valoración probatoria. La Sala, al acoger la solicitud de revisión, enfatiza la importancia de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva en el ámbito laboral.

Dispositiva

PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Juan V. Ardila, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CARIBBEAN SPA, S.A., de la sentencia dictada, el 19 de septiembre de 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto y parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada en su contra por el ciudadano Naudy Francisco Wadskier Sarcos, confirmando la sentencia proferida, el 18 de mayo de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se ANULA la referida sentencia objeto de revisión. TERCERO: Se REPONE la causa al estado de que otro Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo dicte nueva sentencia, con prescindencia del vicio observado.

Palabras clave

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