Sentencia N° 629 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de abril de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 629, Exp. 03-2569, 23/04/2004
Expediente03-2569
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-23
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por los representantes legales de Restaurant y Panadería La Laguna, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. La acción se fundamentó en la alegación de que no se consideró la persistencia en el despido de la trabajadora Yennys Fernonemy Bracho Gil, lo que se consideró un medio de defensa legal. Sin embargo, la Sala concluyó que no se cumplían los supuestos necesarios para la procedencia del amparo, desestimando las denuncias de violación de derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos JOSÉ FRANKLIN DE LA LAGUNA AVILA, LIDIS TERESA VILLALOBOS de DE LA LAGUNA y JOHN ROGER DE LA LAGUNA VILLALOBOS, actuando con el carácter de representantes legales de RESTAURANT Y PANADERÍA LA LAGUNA, C.A., asistidos por el abogado PEDRO JOSÉ BOISSIERE PERRUOLO, contra la sentencia dictada el 27 de agosto de 2003 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Palabras clave

amparo constitucionaldespido injustificadoderecho al debido procesocalificación de despidoreenganchesalarios caídosprestaciones sociales

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