Sentencia N° 366 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 366, Exp. 12-1216, 26/04/2013
Expediente12-1216
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por un grupo de trabajadores contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión impugnada había declarado con lugar un recurso de apelación de la empresa Avícola de Occidente, revocando una decisión anterior que favorecía a los trabajadores en relación a aumentos salariales establecidos en una convención colectiva.

Extracto de la motiva

Siendo lo anterior así, el análisis de esta Sala, como se desarrollará infra, se efectuará a partir de los recaudos consignados y, de tales, se desprenden los siguientes hechos jurídicamente relevantes: Con relación a la tempestividad de la acción, señaló el apoderado judicial del actor y así lo corroboró esta Sala atendiendo al criterio antes expresado, la Sala de Casación Social mediante sentencia N° 0960 del 8 de agosto de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de los ciudadanos Carmelo Rafael Estrada Tuirán, Joel Jesús Amador Navarro, José Gregorio Moreno Toloza, Julián Andrés Castillo Salas, Julio Antonio Villareal, Yon Luis Briceño Mercado, David Antonio Faría Vera, Julio Segundo Blanco Cardozo, Nicolás Manuel Otero Ruíz, Alexander Valencia, Jacky José Portillo Vargas, Fernando Enrique Parra González, Luis Ortíz, José Gregorio Pastrán Mosquera, Freddy Antonio Charris, Alexis José Viloria, Yohandry José Reales Cabarcas, Jackson José Betancourt La Cruz, Gregorio Añez, Danilo José Morán, Maury Javier Bracho Zabala, Joan Manuel González Concho, Adalberto Monterroza Otero, Jhan Carlos Caicedo Martínez, Jorge José Paz Villasmil, Guido Alberto Gómez Lasprilla, Alfredo Segundo Herrera Atencio, Freddy Alfonso Poñeiro, Elver Enrique León, Marcos Ramón Quintero López, Yean Miguel González La Cruz y Deivis Morán contra la sentencia proferida el 8 de mayo del año 2012, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, que se impugna a través de la demanda de amparo constitucional presentada ante la Sala el 7 de noviembre de 2012. De allí que, en atención al criterio vinculante sentado por esta Sala en su decisión N° 3.315 del 2 de noviembre de 2005, caso: “Municipio Iribarren del Estado Lara”, por el cual el cómputo del lapso de seis (6) meses previsto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales para que se materialice la caducidad de la acción, comenzará a contarse, para los casos establecidos en ese fallo, a partir de la fecha de publicación del auto que inadmita el control de la legalidad en virtud de la potestad discrecional de la Sala de Casación Social, se concluye que la acción no está caduca conforme al artículo 6.4 de la citada Ley Orgánica, y así se declara.

Dispositiva

Se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Mazerosky Haliski Portillo Ramírez, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIÁN ANDRÉS CASTILLO SALAS, JOEL JESÚS AMADOR NAVARRO, ELVER ENRIQUE LEÓN, FREDDY ANTONIO CHARRIS ALBORNOZ, FERNANDO ENRIQUE PARRA GONZÁLEZ, ALFREDO SEGUNDO HERRERA ATENCIO, MARCOS RAMÓN QUINTERO LÓPEZ, YEAN MIGUEL GONZÁLEZ LA CRUZ, JACKY JOSÉ PORTILLO VARGAS, YOHANDRY JOSÉ REALES CABARCAS, JOAN MANUEL GONZÁLEZ CONCHO, FREDDY ALFONSO PIÑEIRO, DEIVIS JOSÉ MORÁN RINCÓN, LUIS ORTÍZ, CARMELO RAFAEL ESTRADA TUIRÁN, NICOLÁS MANUEL OTERO RUÍZ, YANERIO GREGORIO AÑEZ, JOSÉ GREGORIO MORENO TOLOZA, JACKSON JOSÉ BETANCOURT LA CRUZ, MAURY JAVIER BRACHO ZAVALA, JORGE JOSÉ PAZ VILLASMIL, ALEXIS JOSÉ VILORIA VILORIA, DAVID ANTONIO FARÍA VERA, YON LUIS BRICEÑO MERCADO, DANILO JOSÉ MORÁN, ADALBERTO DEL CRISTO MONTERROZA OTERO, JULIO SEGUNDO BLANCO CARDOZO y JOSÉ GREGORIO PASTRÁN MOSQUERA, ya identificados, contra la sentencia publicada el 8 de mayo de 2012 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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