Sentencia N° 347 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0347, Exp. 10-0096, 23/10/2024
Expediente10-0096
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-10-23
DecisiónPerención de la instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la perención de la instancia en el recurso de nulidad interpuesto por RCTV Internacional Corp. contra la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y la Norma Técnica sobre Servicios de Producción Nacional Audiovisual. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal del demandante durante más de un año, lo que llevó a la extinción del proceso. La sentencia fue firmada el 23 de octubre de 2024 por la Presidenta de la Sala, Tania D’Amelio Cardiet, y el Magistrado Ponente, Luis Fernando Damiani Bustillos.

Extracto de la motiva

Que el acto que calificó a su representada como un servicio de producción nacional audiovisual, se fundamentó en una muestra “…supuestamente aleatoria de sólo cuatro semanas…”, cuando lo indicado en la Norma Técnica sobre Servicios de Producción Nacional Audiovisual “…señala claramente que el análisis debe hacerse sobre la totalidad de la programación difundida durante el referido periodo de cuatro meses, la Norma Técnica (sic) en ningún caso ordenó la utilización de métodos estadísticos para realizar el análisis de la programación difundida…”; la situación descrita constituye una violación del principio de inderogabilidad singular de los reglamentos, establecido en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, todo lo cual ocasiona la nulidad relativa del acto de calificación en referencia. Que el acto de calificación “incurri(ó) en un falso supuesto al atribuirle afirmaciones falsas a RCTV Internacional, las cuales usó para fundamentar su decisión de calificar el servicio prestado (…) como un servicio de producción nacional audiovisual, lo cual determina la nulidad relativa del Acto de Calificación de conformidad con el artículo 20 de la LOPA (sic)…”. Que su representada “…carece de los elementos necesarios para impugnar las razones que llevaron a Conatel (sic) a calificar cada programa, publicidad o propaganda difundida como elementos de producción nacional o extranjera ya que el Acto de Calificación incurri(ó) en una inmotivación flagrante y grosera…”, lo cual no sólo constituye una violación de los artículos 9 y 18, cardinal 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, sino también un quebrantamiento a su derecho a la defensa, todo lo cual determina la nulidad del acto de calificación según lo establecido en el artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 19, cardinal 1 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Que “…el Acto de Calificación no hizo consideración alguna sobre las consecuencias legales de la modificación de la programación que hizo RCTV Internacional, ni sobre su solicitud de ser calificado en base a la nueva programación, ni sobre el alegado carácter retroactivo que tendría la calificación del servicio audiovisual prestado por RCTV Internacional si se hiciese en base a la programación difundida durante los cuatro meses anteriores a la publicación de la Norma Técnica (sic)…”. Señalaron, que “…semejantes omisiones constituyen no sólo una violación del principio de globalidad del acto administrativo que consagra el artículo 62 de la LOPA (sic), sino que viola el derecho de petición de RCTV garantizado por el artículo 51 de la Constitución y por el artículo 2 de la LOPA (sic). Por ende, el Acto de Calificación incurre en el supuesto de nulidad absoluta señalado por el artículo 25 de la Constitución en concordado con el artículo 19 (1) de la LOPA (sic)…”.

Dispositiva

Se declara la perención de la instancia y, en consecuencia, la extinción del proceso en el recurso de nulidad incoado por la sociedad mercantil RCTV INTERNACIONAL CORP.

Palabras clave

nulidadadministrativaderecho de defensaproducción nacionalConatelLOPAprincipio de globalidad

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