Sentencia N° 334 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de mayo de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0334, Exp. 15-1423, 10/05/2018
Expediente15-1423
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2018-05-10
DecisiónPerención de la Instancia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia y la extinción del proceso en la demanda de nulidad interpuesta por Alcides René Gerardo Monsalve Cedillo contra el artículo 6 de la Ley de Consejos Locales de Planificación Pública. Se establece que la parte actora no cumplió con la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados dentro del lapso legal establecido. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de la parte demandante y la falta de interés general en la impugnación presentada.
Extracto de la motiva
De la norma transcrita se evidencia que el legislador impone a la parte actora la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que se haya librado. Al mismo tiempo, se desprende de la citada disposición que el incumplimiento de la referida carga, acarrea la perención de la instancia. Así las cosas, en el presente caso, el Juzgado de Sustanciación libró el cartel de emplazamiento el 6 de diciembre de 2016, sin que el mismo, hasta la fecha, hubiese sido retirado, publicado y consignado por la parte actora. En razón de lo antes mencionado, el Juzgado de Sustanciación de esta Sala, procedió a realizar el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 6 de diciembre de 2016, exclusive, hasta el 12 de enero de 2017, inclusive, con lo cual se verifica que, efectivamente, la parte actora no cumplió con su obligación. Siendo ello así, esta Sala constata que la parte actora estaba a derecho para el momento en que se libró el cartel de emplazamiento a los interesados y, al mismo tiempo, se observa que transcurrió el lapso legalmente establecido para el retiro, publicación y consignación de dicho cartel sin que cumpliera con su carga procesal. En consecuencia, como quiera que en el presente caso no se encuentra involucrado el orden público, ya que la impugnación se sustenta en la posición particular del demandante contra el artículo 6 de la Ley de Consejos Locales de Planificación Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el N° 6.184 Extraordinario del 3 de junio de 2015, lo que no pareciera reflejar el interés general de la población en la materia, resulta forzoso para esta Sala, de conformidad con la citada disposición, declarar consumada la perención y, por ende, extinguida la instancia en este juicio. Así se decide.
Dispositiva
Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y, en consecuencia, la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada.
Palabras clave
perenciónnulidadinconstitucionalidadLey de Consejos Locales de Planificación Pública