Sentencia N° 2937 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2937, Exp. 02-2300, 04/11/2003
Expediente02-2300
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-11-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar la demanda de amparo interpuesta por Comercial Hermanos Hung C.A. contra las sentencias del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La decisión se basa en la vulneración del derecho al debido proceso y a la defensa, ya que la demandante fue condenada sin que se cumplieran las fases procesales correspondientes. La Sala anula el fallo impugnado y repondrá la causa al estado en que se permita el agotamiento del lapso para la contestación de la demanda.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, las demandas de amparo se incoaron contra los fallos que, el 13 de febrero de 2002, dictó, en alzada, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en los procedimientos que, por calificación de despido, incoaron los ciudadanos Jesús Colmenares, Teomar José Requena y Franklin Misael Itarraza contra la demandante de amparo. Con dichos pronunciamientos judicales se condenó a la quejosa al reenganche de los trabajadores demandantes y al pago de los salarios que cayeron desde el 26 de diciembre de 2000 hasta la oportunidad cuando se produjesen sus respectivas reincorporaciones. La supuesta agraviada fundamentó la demanda amparo en la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, por cuanto fue condenada sin que, previamente, se hubiesen cumplido las fases procesales correspondientes. Esta Sala, antes de la decisión sobre el fondo del asunto, debe pronunciarse sobre los alegatos de inadmisibilidad que esgrimió la jueza provisoria del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 10 de julio de 2003. En ese sentido, con respecto a la inadmisibilidad de la pretensión de amparo por la existencia de otro medio procesal preexistente para el restablecimiento de la situación jurídica que se dijo lesionada, cual es el recurso de control de la legalidad que dispone la recién promulgada Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala, sin adelantar opinión respecto a la idoneidad y eficacia de dicho recurso para el restablecimiento de toda situación jurídica que se denuncie infringida por una supuesta vulneración de derechos fundamentales en los procedimientos laborales en los cuales procede, observa, en el caso concreto, que los fallos que se impugnaron fueron dictados el 13 de febrero de 2002, es decir, antes de la publicación, en Gaceta Oficial, de dicho texto adjetivo, la cual se produjo el 13 de agosto de 2002, en Gaceta Oficial extraordinaria n° 37.504, oportunidad cuando entró en vigencia el artículo 178 de dicho texto adjetivo (ex articulo 194), razón por la cual se desestima dicho alegato.

Dispositiva

Por los razonamientos que fueron expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de amparo que incoó COMERCIAL HERMANOS HUNG C.A., contra las sentencias que dictó el 13 de febrero de 2002, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. SEGUNDO: SE REPONEN las causas al estado en que comience el lapso para la contestación de la demanda y, TERCERO: Se REVOCA la medida cautelar que se acordó en la oportunidad cuando se admitió la demanda de amparo. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase copia de la presente decisión al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

amparo constitucionalcalificación de despidoderecho al debido procesoreenganchesalarios caídoslegitimación activavulneración de derechos

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