Sentencia N° 291 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0291, Exp. 24-1278, 12/03/2025
Expediente24-1278
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-12
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. contra la sentencia N° 0284 de la Sala de Casación Social, que había anulado parcialmente un fallo del Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala consideró que la revisión no se encontraba dentro de los supuestos para su procedencia, ya que se cuestionaba un tema de juzgamiento en desconocimiento de la cosa juzgada.
Extracto de la motiva
motivada bajo la modalidad de motivación acogida, violó nuevamente la doctrina vinculante asentada por [esta] Sala Constitucional, con relación a la obligación ineludible para todos los tribunales de la República, de que toda sentencia debe cumplir con los requisitos previstos en el artículo 243 del CPC, lo cual no ocurrió en el caso de la sentencia”. Que “(…), la Sala de Casación Social, en su sentencia, tenía la obligación de decidir todas las denuncias delatadas por [su] representada y, en definitiva, tenía la obligación de resolver sobre el fondo de la controversia, aplicando su propia doctrina con relación a tema. Al omitir el cumplimiento de esa importantísima obligación, la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 24
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente solicitud de revisión constitucional. SEGUNDO: NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por la representación judicial de la sociedad mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A. TERCERO: INOFICIOSO hacer pronunciamiento sobre la medida cautelar innominada solicitada.
Palabras clave
tutela judicial efectivadebido procesodoctrina vinculantecasaciónsentenciaderechos constitucionalessalario en moneda extranjeraejecución de sentencias