Sentencia N° 2565 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2565, Exp. 04-2249, 08/08/2005
Expediente04-2249
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-08
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la declinatoria de competencia realizada por la Sala Político Administrativa en un recurso de apelación relacionado con un juicio de amparo constitucional. La Sala declara su incompetencia para conocer del recurso y decide declinar el conocimiento a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, argumentando que la situación de inaccesibilidad temporal de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo justifica esta decisión. Se enfatiza la importancia de la competencia en materia constitucional y se establece que el conocimiento del caso debe ser asumido por los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Extracto de la motiva

La Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó en esta Sala Constitucional la competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la accionante contra la sentencia producida por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes el 4 de agosto de 2003, teniendo como fundamento para ello, lo siguiente: ‘…a los fines de determinar si corresponde a esta Sala conocer de la referida apelación, es menester precisar que el tribunal de la causa ordenó remitir las presentes actuaciones con fundamento en lo establecido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal en decisión Nº 3.436 del 8 de diciembre de 2003; en efecto, en dicho fallo se dispuso, entre otras cosas, lo siguiente: ‘En virtud de las consideraciones que preceden, esta Sala declara competente, para el conocimiento del presente caso, a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Sin embargo, para la oportunidad de publicación de esta decisión, es un hecho notorio que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo no es accesible, temporalmente, para los justiciables, a causa de la destitución de sus miembros...’

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir el referido recurso de apelación, por lo que no acepta la declinatoria efectuada por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia y, en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la presente causa en las Cortes de lo Contencioso Administrativo, a cuya Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, se ordena su remisión, para que previa distribución sea asignada y conocida la causa por la Corte Primera o Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

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