Sentencia N° 1470 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1470, Exp. 15-0969, 25/11/2015
Expediente15-0969
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 25 de noviembre de 2015, declaró con lugar la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el Contralor General de la República, anulando la sentencia n.° 10 de la Sala Político-Administrativa que había declarado con lugar un recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala encontró que la decisión impugnada incurrió en incongruencia negativa al no analizar adecuadamente las atribuciones de la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva en relación con el otorgamiento de bonificaciones extraordinarias, lo que vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso. Se ordenó a la Sala Político-Administrativa emitir una nueva decisión considerando los criterios establecidos en esta sentencia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha reiterado que un fallo puede ser incongruente tanto por acción como por omisión. En el presente caso, la Sala Político-Administrativa omitió el análisis expreso en torno al alcance y contenido de las cláusulas estatutarias que establecen las atribuciones para la Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y el Presidente, lo cual era fundamental para la resolución de la causa, incurriendo en incongruencia negativa, en referencia a lo alegado y probado por el ente contralor, procediendo en tal sentido a fundamentar la supuesta legalidad de dichas bonificaciones, en simples suposiciones sin ningún tipo de basamento jurídico, lo cual conlleva al quebrantamiento de las garantías constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, contempladas en los artículos 26 y 49 del Texto Fundamental.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados Deyanira del Valle Montero Zambrano, José Leonardo Sanzone Mirabal, Edgar Alberto Pérez Santoyo, Nathaly Guadalupe Rojas Torcat, Christian Gustavo Bandre Cedeño, Fanny Yannet Rodríguez González y María Daniela Ramírez Reyes, quienes actúan en representación del ciudadano CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, MANUEL ENRIQUE GALINDO BALLESTEROS, de la sentencia n.° 10 dictada el 21 de enero de 2015, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 2.- HA LUGAR la referida solicitud de revisión constitucional; en consecuencia, ANULA el referido fallo. 3.- ORDENA a la Secretaría de esta Sala remita a la Sala Político-Administrativa, copia certificada del presente fallo, a los fines de dictar nueva decisión, considerando el criterio establecido en el mismo.