Sentencia N° 1467 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1467, Exp. 13-1061, 11/11/2014
Expediente13-1061
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-11
DecisiónIMPROPONIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara improponible la solicitud de interpretación de la Resolución N° 169, dictada el 25 de junio de 2010, por el Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia. La solicitud fue presentada por un grupo de ciudadanos que argumentaron que la homologación de grados y jerarquías de funcionarios policiales no se había llevado a cabo adecuadamente. La Sala fundamenta su decisión en que las solicitudes de interpretación de normas sublegales son improponibles en derecho, ya que la facultad de interpretación corresponde a disposiciones de rango legal.
Extracto de la motiva
Analizadas las actas que componen el expediente, esta Sala observa que, el abogado actor corrigió el escrito libelar y precisó que su pretensión no es otra que la interpretación de la Resolución N° 169, dictada, el 25 de junio de 2010, por el Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia. Ello así, es de observar que, las solicitudes de interpretación de normas sub legales, como es el caso de las resoluciones ministeriales, son improponibles en derecho, pues la facultad de interpretación a que se refieren los artículos 266, numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 31.5 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este Alto Tribunal, recae sobre disposiciones de rango legal (salvo la competencia de esta Sala para determinar el sentido y alcance de normas constitucionales conforme al artículo 335 del Texto Fundamental y 25.17 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia), es decir, sobre actos normativos dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROPONIBLE la solicitud de interpretación propuesta por los ciudadanos CARLOS PÁEZ, PEDRO LOZADA, PILAR GUILLEN, ALIRIO RÁMOS, JOSÉ FLORES, ALFREDO OCHOA, JOSÉ MARCIAL, JULIO RODRÍGUEZ, ALCIDES YSASE, PEDRO MOLINA, GERARDO QUIÑONES, SAID GARCÍA, WOLFGANG MONTERO, FRANCISCO PIÑERA, DOUGLAS NÚÑEZ, AGUEDA AGUILAR, VICTOR MAITA, DENNY MARCANO, JUAN LUGO, JOSÉ SALAZAR, BETTY BRITO, FRANCISCO MARCANO, JOSÉ GARCÍA y ANGELA GARCÍA, sobre la Resolución N° 169, dictada el 25 de junio de 2010, por el Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente.