Sentencia N° 1332 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de octubre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1332, Exp. 14-0839, 16/10/2014
Expediente14-0839
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la presente decisión, declara inadmisible la solicitud de interpretación presentada por el abogado Nerio Volcán García, en relación a los artículos 270 de la Constitución y 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala argumenta que la interpretación constitucional no debe ser utilizada como un recurso impugnatorio, sino que debe esclarecer el alcance de disposiciones que se consideren vagas o imprecisas.
Se establece que la solicitud no busca aclarar el sentido de las normas, sino denunciar una supuesta violación del Texto Fundamental, lo que implica que existen otros medios judiciales para ventilar la controversia. Por lo tanto, se concluye que la acción es inadmisible, ya que no se ajusta a los requisitos establecidos para este tipo de solicitudes.
Finalmente, se ordena la publicación, registro, notificación y archivo del expediente, cumpliendo con lo ordenado por la Sala.
Extracto de la motiva
La presente acción se encuentra incursa en la tercera causal de inadmisibilidad antes referida, esto es, cuando exista otro medio judicial a través del cual deba ventilarse la controversia (Sentencia Nº 2.507 de 30-11-01, caso: ‘Ginebra Martínez de Falchi’) o lo que es lo mismo, cuando se pretenda sustituir un recurso idóneo para dirimir una situación que se denuncia como lesiva y, que en el caso de autos, no es otra que la acción popular de nulidad por inconstitucionalidad a que se refiere los artículos 334 y 336.3 de la Carta Magna y 25.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación incoada por el abogado NERIO VOLCÁN GARCÍA, sobre los artículos 270 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
interpretacionconstitucionalinadmisionpoder ciudadanoasamblea nacional