Sentencia N° 1296 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1296, Exp. 14-0860, 07/10/2014
Expediente14-0860
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-07
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de Héctor José Díaz Machado, quien impugnó una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró con lugar un recurso de apelación interpuesto por la empresa HIERROLARA C.A. La controversia se centró en la validez de un contrato de trabajo a tiempo determinado y la suspensión de la relación laboral tras un accidente. La Sala concluyó que el Juzgado Superior actuó correctamente al declarar que el contrato era válido y que la suspensión por accidente no invalidaba el mismo.
Extracto de la motiva
La revisión no constituye una tercera instancia, ni un recurso que pueda ser intentado bajo cualquier fundamentación de interés subjetivo, sino una potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional para la uniformidad de criterios constitucionales, para preservar la garantía de la supremacía y eficacia de las normas y principios constitucionales, lo cual conlleva la seguridad jurídica. En el presente caso, la relación de trabajo existente entre el patrono y el trabajador es por contrato de trabajo a tiempo determinado, para desempeñar funciones de ayudante de prensa, cuyo contrato de trabajo - constante al folio 26 - tiene una duración de tres meses contados a partir del 08 de febrero del año 2000, cuya prestación de servicios fue suspendida por el accidente laboral sufrido por el trabajador en fecha 14 de abril del mismo año, es decir, antes de la expiración del término del referido contrato de trabajo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el ciudadano HÉCTOR JOSÉ DÍAZ MACHADO, asistido por el abogado René Roberto Arroyo Alvarado, contra la decisión dictada, el 06 de diciembre de 2013, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
accidente laboralcontrato de trabajosuspensiónrelación laboralvalor probatorio