Sentencia N° 1219 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1219, Exp. 11-0647, 25/07/2011
Expediente11-0647
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-25
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado sin lugar un recurso de apelación de Venezolana de Servicios Portuarios C.A. (VENSPORT) contra una decisión que confirmaba el pago de diferencias de prestaciones sociales a favor del trabajador Esteban Valderrama Álvarez. La Sala concluyó que la decisión recurrida no contravenía derechos fundamentales y que la revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al momento de ejercer su potestad de revisión de fallos definitivamente firmes, está obligada, de acuerdo con una interpretación uniforme de la Constitución y en consideración a la garantía de la cosa juzgada, a guardar la máxima prudencia en cuanto a la admisión y procedencia de solicitudes que pretendan la revisión de sentencias definitivamente firmes; por lo cual, puede desestimar cualquier pretensión sin ningún tipo de motivación, cuando, en su criterio, compruebe que la revisión que se requiera en nada contribuya a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, esto en atención al carácter excepcional y limitado que la misma tiene.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión constitucional solicitada por el abogado Alejandro Perozo Silva, actuando en su carácter de apoderado judicial de VENEZOLANA DE SERVICIOS PORTUARIOS C.A. (VENSPORT), de la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 12 de julio de 2010.