Sentencia N° 1147 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1147, Exp. 08-0548, 11/07/2008
Expediente08-0548
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-11
DecisiónINPROCEDENTE IN LIMINE LITIS
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por Xiomara Elvia Guerra Rodríguez contra la sentencia del 4 de julio de 2007, que había confirmado la legalidad del despido por parte de DELTAVEN, S.A. La accionante alegó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que el tribunal inferior no permitió la acumulación de pretensiones en su demanda. Sin embargo, la Sala concluyó que el juzgado sí se pronunció sobre la legitimación pasiva y la insuficiencia de los montos consignados, desestimando así los alegatos de la demandante.
Extracto de la motiva
La Sala estima menester reiterar su criterio expuesto en su decisión No. 994 del 28 de mayo de 2007 (caso: Dulce María Sisiruk Rivas), respecto del objeto del amparo constitucional, en la cual estableció lo siguiente: 'En este sentido, es de vital importancia reiterar que la acción de amparo constitucional es un mecanismo destinado exclusivamente a proteger el goce y ejercicio de los derechos constitucionales, por lo que no se puede convertir en una tercera instancia en la cual se juzgue nuevamente sobre el mérito de una controversia ya conocida y juzgada por los jueces de la causa, o de hacer una valoración del mérito de las pruebas que ya fueron objeto de la soberana apreciación de aquellos...'.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional presentada por XIOMARA ELVIA GUERRA RODRÍGUEZ, contra la sentencia del 4 de julio de 2007, publicada el 12 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente N° AP21-R-2007-000696, en el juicio de reenganche y pago de salarios caídos intentado por la hoy accionante contra la empresa PEQUIVEN, S.A.. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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