Sentencia N° 1137 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de agosto de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1137, Exp. 12-0186, 03/08/2012
Expediente12-0186
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la revisión constitucional solicitada por el abogado Mazerosky Haliski Portillo Ramírez, actuando en nombre del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Agropecuaria Nivar. La decisión impugnada fue dictada el 1° de abril de 2011 por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo, que declaró inadmisible la demanda por falta de cualidad del Sindicato para actuar en juicio, al no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y el Código de Procedimiento Civil. La Sala concluye que el poder otorgado a la Junta Directiva del Sindicato no fue conferido de manera auténtica, lo que afecta su legitimidad para representar a los trabajadores en el proceso judicial.
Extracto de la motiva
La Sala estima que el Juzgado Décimo de Primera Instancia solo pretendió corregir una situación que no advirtió en el momento de la celebración de la Audiencia Preliminar, pues mal podía condenarse al cumplimiento de una obligación sin que se verificara si el demandante era el titular del derecho reclamado o si se hizo representar conforme a las formalidades esenciales que prevé el ordenamiento jurídico, tal como se ilustró supra. Así las cosas, al no pronunciarse el Juez de la alzada, denunciado como agraviante, en torno a la falta de legitimación del Sindicato demandante, que fue sometida a su consideración, incurrió en el vicio de incongruencia omisiva.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la revisión constitucional solicitada por el abogado Mazerosky Haliski Portillo Ramírez, actuando presuntamente como apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA AGROPECUARIA NIVAR (SUTAGNIVAR), de la decisión dictada el 1° de abril de 2011, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con ocasión al juicio que, por cumplimiento de contrato colectivo, incoó contra Agropecuaria Nivar C.A.