Sentencia N° 986 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de octubre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00986, Exp. 2015-0079, 06/10/2016
Expediente2015-0079
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-10-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió confirmar la sentencia interlocutoria Nro. 220/2013 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCO/DSA/2012/EXP N° 01186/58/31. La decisión se fundamenta en la protección de los derechos laborales y la aplicación del principio indubio pro operario, considerando que el contribuyente, trabajador del sector público, podría sufrir un daño irreparable si se ejecuta el acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el recurrente, al ser un trabajador del sector público, goza de la protección del Estado y que los derechos laborales tienen rango constitucional. Se establece que la ejecución del acto administrativo podría causar un daño grave al contribuyente, quien alegó que el pago de los conceptos exigidos por la Administración Tributaria afectaría su capacidad económica y la de su familia. Por lo tanto, se concluye que se cumplen los requisitos de la medida cautelar de suspensión de efectos, tanto el fumus boni iuris como el periculum in damni.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria Nro. 220/2013 dictada el 2 de diciembre de 2013 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, que declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada el 27 de julio de 2012. Se CONFIRMA dicho fallo.

Palabras clave

suspensión de efectosacto administrativoderechos laboralesprincipio indubio pro operariocontencioso tributario

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