La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda interpuesta por Alida Teresa González contra el Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía, en la que solicitaba indemnización por daños materiales y morales. La actora alegó incumplimiento de una sentencia anterior que ordenaba su reincorporación y el pago de beneficios socio-económicos. Sin embargo, la Sala determinó que el instituto cumplió con la reincorporación y el pago de sueldos, pero no con los beneficios reclamados, argumentando que estos no eran procedentes sin la efectiva prestación del servicio.
Extracto de la motiva
La Sala de lo Político-Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el caso, consideró que la demandante había incoado una querella funcionarial que fue acogida en su totalidad por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual ordenó su reincorporación y el pago de los sueldos dejados de percibir. Sin embargo, respecto a los beneficios socio-económicos, la Sala observó que el Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía no realizó pago alguno por tal concepto, ya que la Consultoría Jurídica del instituto consideró que estos se cancelan únicamente cuando existe la efectiva prestación del servicio. La Sala concluyó que la actora no cumplió con el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, lo que llevó a declarar improcedente la demanda de indemnización por daños materiales y morales.
Dispositiva
Con fundamento en las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños materiales y morales interpuesta por la ciudadana ALIDA TERESA GONZÁLEZ, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (I.A.A.I.M.). Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.