Sentencia N° 939 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00939, Exp. 2004-0295, 20/04/2006
Expediente2004-0295
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-04-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Banco de Venezuela contra la Resolución Nº 269 del Ministerio de la Producción y el Comercio. La decisión se basa en la falta de pruebas que demuestren la responsabilidad del banco en la sustracción de dinero de la cuenta de la ciudadana Lavidia Ortega, así como en la correcta aplicación de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario por parte del INDECU. La Sala concluye que la entidad bancaria no logró demostrar que las operaciones cuestionadas fueron realizadas por un tercero ajeno a la relación contractual.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurso contencioso administrativo de nulidad fue incoado en fecha 02 de abril de 2004, bajo la vigencia de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, la cual señalaba en el ordinal 10 de su artículo 42 que correspondía a la Sala Político-Administrativa del Máximo Tribunal la competencia para declarar la nulidad, cuando sea procedente por razones de inconstitucionalidad o de ilegalidad, de los actos administrativos individuales del Poder Ejecutivo Nacional. En el caso de autos, la sociedad mercantil recurrente solicita se declare la nulidad de la Resolución Nº 269 de fecha 03 de octubre de 2003, dictada por el Ministerio de la Producción y el Comercio, hoy Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio; por lo cual, atendiendo a la disposición parcialmente transcrita, esta Sala resulta competente para el conocimiento del asunto planteado. Así se declara.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Gerardo Fernández y Mariana Meléndez, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Resolución Nº 269 de fecha 03 de octubre de 2003, dictada por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, hoy Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico impropio interpuesto contra el acto administrativo s/n de fecha 11 de julio de 2002 dictado por el Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) que declaró, a su vez, inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico ejercido contra el acto administrativo s/n del 22 de marzo de 2003 emanado del Presidente del referido Instituto, en el que se declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado contra el acto s/n de fecha 31 de octubre de 2001 dictado por el antes aludido Presidente, mediante el cual se le impuso una multa de Un Millón Tres Mil Doscientos Bolívares (Bs. 1.003.200,00), a la mencionada empresa.

Palabras clave

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