Sentencia N° 934 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de agosto de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00934, Exp. 2013-1593, 05/08/2015
Expediente2013-1593
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-08-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por CORPORACIÓN 34-D, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la inclusión de los 'Sueldos de Directivos' en la base imponible para el cálculo del aporte del 2% al INCES y la procedencia de la sanción de multa impuesta. La Sala confirmó que los pagos a los directivos eran considerados como salario normal y, por tanto, gravables, y que la sanción de multa era procedente.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que la litis se circunscribe a determinar si el Tribunal de mérito al dictar el fallo apelado, incurrió en: (i) el vicio de falso supuesto de derecho, por la errónea interpretación de los artículos 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) de 1970 y 14 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) de 2008, al declarar la procedencia de la inclusión de la partida contable 'Sueldos de Directivos' para el cálculo del aporte del 2%; (ii) la inclusión o no de la partida 'Utilidades' en la base imponible para el cálculo del aludido aporte del 2%; y (iii) la prescripción de la obligación tributaria del período impositivo correspondiente al segundo trimestre del año 2005. En consecuencia, se desestima la denuncia esgrimida por la parte apelante y se confirma lo decidido por el Tribunal de instancia en el presente tópico.

Dispositiva

Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación en juicio de la sociedad de comercio CORPORACIÓN 34-D, C.A., contra la sentencia definitiva N° 1641 del 20 de mayo de 2013, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario incoado en forma subsidiaria al recurso jerárquico contra la Resolución Culminatoria del Sumario N° 283-2010-09-06, emitida en fecha 24 de septiembre de 2010 por la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

Contencioso TributarioAporte PatronalSueldos de DirectivosSanción de Multa

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