La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) contra la Sentencia Nro. 134/2008, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de BOC Gases de Venezuela, C.A. La Sala confirmó la nulidad del Acta de Fiscalización Nro. 05, que imponía el pago de diferencias de aportes no depositados ante el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, argumentando que el procedimiento administrativo no se llevó a cabo adecuadamente, vulnerando el derecho a la defensa del contribuyente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la determinación llevada a cabo por la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), para imponer la contribución parafiscal de Ahorro Obligatorio para Vivienda, fue realizada en un único acto (Acta de Fiscalización Nro. 5 de fecha 28 de agosto de 2007, folio 85 al 94 de la primera pieza) y sin señalar si quiera los recursos en sede administrativa o judicial que procedían en su contra, razón por la cual considera esta Sala que ante la falta absoluta de procedimiento en sede administrativa, el predicho ente violó el derecho a la defensa y a un debido proceso de la contribuyente, y no como sostuvo el a quo, esto es, por falta de aplicación del procedimiento de fiscalización y determinación contenido en los artículos 177 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 2001, dentro del cual hubiera expuesto “las razones de hecho y de derecho que pudieran controvertir las objeciones.”
Dispositiva
1.- DESISTIDA la apelación ejercida por el BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH). 2.- QUE PROCEDE la consulta de la Sentencia Nro. 134/2008, dictada el 13 de noviembre de 2008 por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3.- CONFIRMA de la descrita Sentencia mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la aportante BOC GASES DE VENEZUELA, C.A., la declaratoria de NULIDAD del Acta de Fiscalización Nro. 05 de fecha 28 de agosto de 2007, dictada por la Gerencia de Fiscalización del referido Instituto, mediante el cual se impuso a la referida sociedad mercantil el pago por diferencias de aportes no depositados ante el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, así como sus “dividendos”, correspondientes a los períodos comprendidos entre el mes de julio del año 2004 al mes de mayo del año 2007, por un monto total en moneda actual de cuatrocientos nueve mil ochocientos noventa y seis bolívares con treinta y nueve céntimos (Bs. 409.896,39), salvo en lo relativo a la condenatoria en costas, la cual se REVOCA.
Palabras clave
derecho a la defensainmotivaciónprocedimiento administrativocontribución tributariasalario normalFondo de Ahorro ObligatorioLey del Régimen Prestacional de Vivienda y HábitatCódigo Orgánico Tributario