Sentencia N° 917 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de agosto de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00917, Exp. 2014-1080, 10/08/2016
Expediente2014-1080
PonenteMarco Antonio Medina Salas
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-08-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que acordó la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el contribuyente José Leonardo Pérez Mendoza. La Sala determina que se cumplen los requisitos de apariencia de buen derecho y peligro de daño inminente, lo que justifica la suspensión del acto administrativo impugnado. La apelación interpuesta por la representación del Fisco Nacional es declarada sin lugar.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la existencia de una sola de las exigencias no es suficiente para lograr la suspensión de los efectos del acto impugnado, por lo que se debe verificar la existencia del periculum in damni y el fumus boni iuris. En este caso, se establece que el contribuyente podría sufrir un daño grave e irreparable si se ejecuta el acto administrativo impugnado, lo que justifica la medida cautelar solicitada. Además, se hace referencia a la jurisprudencia vinculante que establece la exclusión de ciertos conceptos salariales de la base imponible del impuesto sobre la renta, lo que refuerza la apariencia de buen derecho del demandante.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria número 129/2013 dictada el 12 de agosto de 2013 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental mediante la cual fue acordada la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el contribuyente JOSÉ LEONARDO PÉREZ MENDOZA, decisión que se CONFIRMA. 2.- PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta conjuntamente con el recurso contencioso tributario. NO PROCEDE condenar en costas procesales a la República.

Palabras clave

recurso contencioso tributariomedida cautelarsuspensión de efectosFisco Nacionalapariencia de buen derecho

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