La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Mercantil Seguros C.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente la solicitud de suspensión de efectos de una multa impuesta por el INDECU. La Sala confirmó la decisión de la Corte, argumentando que no se verificaron los requisitos para la suspensión de efectos y que la apelante no demostró la existencia de una patología preexistente que justificara su defensa. La sentencia concluyó declarando sin lugar la apelación.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la apelante no logró demostrar que la patología sufrida por la denunciante era preexistente y que había sido ocultada al momento de la suscripción de la póliza. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, al analizar la solicitud de suspensión de efectos, consideró que no existía prueba suficiente que acreditara la relación causal entre la enfermedad no cubierta y las patologías preexistentes alegadas. En consecuencia, la Sala concluye que no se evidencian los vicios denunciados por la parte apelante, desestimando así la apelación.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad de comercio MERCANTIL SEGUROS C.A. contra la sentencia N° 2010-0873 de fecha 6 de octubre de 2010, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se confirma dicho fallo.
Palabras clave
NulidadContencioso-AdministrativoMercantil SegurosINDECUsuspensión de efectos