El ciudadano Arnaldo Certain Gallardo interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo constitucional contra la Resolución Nº 01-00-015 del Contralor General de la República, que confirmó su destitución del cargo de Director General Sectorial de Seguridad y Orden Público. La Sala Político-Administrativa admitió el recurso a trámite, pero declaró improcedente la medida de amparo solicitada, argumentando que no se evidenciaron violaciones a los derechos constitucionales del recurrente. La decisión se fundamentó en la falta de demostración de un gravamen irreparable y en la legalidad de las sanciones impuestas por la Contraloría General de la República.
Extracto de la motiva
El recurrente solicitó amparo constitucional ya que en su criterio queda evidenciado "la necesidad impostergable de que se acuerde una medida cautelar que impida la continuación de los daños que el acto recurrido está causándome, y que con el avance del tiempo podrían tornarse irreparables...". En tal sentido, explicó que en el presente caso se cumplen los supuestos del fomus bonis (sic) iuris y periculum in mora a los fines de suspender los efectos del acto administrativo impugnado, hasta la resolución definitiva de la controversia y en consecuencia se restablezca la situación jurídica infringida. Según su criterio, la Contraloría General de la República debió ponderar la emisión de la segunda la Resolución Nº 01-00-015 y esperar el pronunciamiento jurisdiccional de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, sobre la validez o no de la primera Resolución Nº 01-00-042 por él impugnada, para luego previo procedimiento emitir con certeza la referida Resolución Nº 01-00-015.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado. SEGUNDO: ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, en lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos del acto por el ciudadano ARNALDO CERTAIN GALLARDO, asistido por el abogado Cristobal Rondón, ambos identificados, contra la Resolución Nº 01-00-015 de fecha 23 de enero de 2004, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, a través de la cual se confirmó el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 01-00-042 de fecha 25 de junio de 2003, mediante la cual el máximo órgano contralor acordó destituirlo del cargo de Director General Sectorial de Seguridad y Orden Público de la Gobernación del Estado Lara e inhabilitarlo para el ejercicio de funciones públicas por el período de tres (3) años. TERCERO: IMPROCEDENTE la medida de amparo constitucional solicitada por el recurrente contra la Resolución Nº 01-00-015 de fecha 23 de enero de 2004, dictada por el Contralor General de la República.
Palabras clave
recurso contencioso administrativonulidadamparo constitucionaldestitucióninhabilitaciónderecho a la defensadebido procesocontraloría