Sentencia N° 822 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de julio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00822, Exp. 2003-1191, 14/07/2004
Expediente2003-1191
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-07-13
DecisiónHomologada

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la homologación de una transacción judicial entre Elizabeth Hernández y la C.A., Reaseguradora Internacional del Orinoco. La transacción fue celebrada el 21 de octubre de 2003 y busca poner fin al litigio derivado de una resolución del Ministerio del Trabajo que declaró sin lugar la calificación de despido. La Sala verifica que la transacción cumple con los requisitos legales y no es contraria al orden público.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, pasa esta Sala analizar la transacción celebrada entre las partes en fecha 21 de octubre de 2003, a los fines de verificar si cumple o no con las condiciones establecidas en la Ley, necesarias para su procedencia y consecuente homologación, y en tal sentido observa lo siguiente: La transacción ha sido definida como un convenio jurídico a través del cual las partes, mediante concesiones recíprocas, ponen fin al litigio pendiente, sin necesidad de que el juez conozca del fondo de la causa, es decir, tiene la misma fuerza jurídica de una sentencia y procede su ejecución sin más declaratoria judicial. En nuestro ordenamiento se establecen diversos requisitos para la validez de la transacción, cuya inobservancia podría configurar causales que el Código Civil sanciona con nulidad. Asimismo, como todo contrato la transacción está sometida a las condiciones de validez de éstos, especialmente a las que se refieren a la capacidad para disponer de las cosas comprometidas en la transacción, así como el haberse dado tal facultad expresamente a quienes la realizan con el carácter de representantes o apoderados en juicio.

Dispositiva

Con fundamento en las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la transacción celebrada entre la ciudadana Elizabeth Hernández, representada por su apoderado judicial, abogado César A. Uban C., ambos antes identificados y Pedro Miguel Itriago Borjas, en su carácter de apoderado judicial de C.A, Reaseguradora Internacional de Venezuela, R.I.V., (anteriormente identificada como C.A., Reaseguradora Internacional del Orinoco), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

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