La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia surgido entre tribunales en relación a una demanda por cobro de prestaciones sociales presentada por Alfonso José Briceño Galue contra la Asamblea Legislativa del Estado Zulia. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso corresponde a los Tribunales de Juicio de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, dado que la relación laboral del demandante no se rige por las normas de la Carrera Administrativa, sino por un contrato de trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 70 del Código de Procedimiento Civil establece: 'Cuando la sentencia declare la incompetencia del Juez que previno, por razón de la materia o por el territorio en los casos indicados en el Artículo 47, si el Juez o Tribunal que haya de suplirle se considerare a su vez incompetente, solicitará de oficio la regulación de la competencia.' En el mismo sentido, el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil establece que: 'La solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aun en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación.' ...
Dispositiva
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde a los Tribunales de Juicio de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia la competencia para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por el ciudadano ALFONSO JOSÉ BRICEÑO GALUE, asistido por los abogados Miguel Antonio Sánchez Castillo y Humberto José Ibarra, contra la ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL ESTADO ZULIA.
Palabras clave
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