Sentencia N° 786 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00786, Exp. 2012-1389, 03/07/2013
Expediente2012-1389
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-07-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por Glenda Verónica Guerrero Duque contra el Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI). El tribunal remitente había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial, argumentando que la trabajadora estaba amparada por la inamovilidad laboral establecida por un decreto presidencial.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y, los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, conocer las consultas de jurisdicción. Establecido lo anterior observa la Sala que por sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2012 el tribunal remitente declaró que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Glenda Verónica Guerrero Duque, por considerar que la trabajadora se encuentra presuntamente amparada por la inamovilidad laboral decretada por el Ejecutivo Nacional y que por tanto, corresponde a la Inspectoría del Trabajo el conocimiento del asunto.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: que EL PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por la ciudadana GLENDA VERÓNICA GUERRERO DUQUE contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD INTEGRAL (INSAI). En consecuencia, se REVOCA la sentencia sometida a consulta, dictada en fecha 14 de agosto de 2012 por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoinamovilidad laboral

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