Sentencia N° 784 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00784, Exp. 2011-0615, 03/07/2013
Expediente2011-0615
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-07-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la sentencia Nro. 1810 del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Tanques para Gas, S.A. La Sala determinó que los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda no se rigen bajo el sistema tributario, y que la competencia para conocer de estos recursos corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa ordinaria. Asimismo, se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Tanques para Gas, S.A. contra la Resolución Nro. GF/0/2008-000268 del 9 de junio de 2008, emanada del BANAVIH.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa debe concluir que resulta inaplicable al caso bajo examen el procedimiento de fiscalización y determinación contemplado en los artículos 177 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 2001, a efectos de establecerse el monto de los aportes que deben pagarse al citado Fondo. (Vid. sentencia Nro. 01527 del 12 de diciembre de 2012, caso: ACBL de Venezuela, C.A.), razón por la cual se desestima la denuncia realizada por la representación judicial de la recurrente referida a la improcedencia de la diferencia de aportes detectada por la Administración por no utilizar esta como base de cálculo de tales aportes el salario normal de las trabajadoras y los trabajadores. Así se declara.

Dispositiva

1.- LA COMPETENCIA de la jurisdicción contencioso administrativa ordinaria, para conocer de los recursos de nulidad incoados contra actos administrativos emanados del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH). 2.- NULA la sentencia Nº 1810, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 2 de marzo de 2011, salvo las actuaciones procesales cumplidas en el curso del proceso ante el mencionado Tribunal, por lo que no procede conocer sobre el recurso de apelación ejercido. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la representación judicial de la empresa TANQUES PARA GAS C.A., contra la Resolución Nro. GF/0/2008/000268 del 9 de junio de 2008, emanada de la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), la cual queda FIRME. NO PROCEDE el pago de las costas procesales, en los términos expuestos en este fallo.

Palabras clave

Fondo de Ahorro ObligatorioBANAVIHContencioso TributarioNulidad

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