La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por Jaime Blas Lorenzo Delgado contra el Instituto Metropolitano de Cirugía, C.A. La decisión se basa en que la empresa demandada se encontraba bajo un proceso de intervención y liquidación ordenado por la Superintendencia Nacional de Valores, lo que excluye la competencia del Poder Judicial en este tipo de casos.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente consulta de jurisdicción, de conformidad con la competencia atribuida en las disposiciones previstas en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; en concordancia con lo establecido en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto, se observa: Mediante Sentencia dictada en fecha 11 de octubre de 2012, el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública para conocer del presente caso, por cuanto la empresa demandada se encuentra bajo un proceso de liquidación ordenado por la Superintendencia Nacional de Valores. Ahora bien, aprecia la Sala que la representación judicial del ciudadano Jaime Blas Lorenzo Delgado, interpuso solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos contra la sociedad mercantil Instituto Metropolitano de Cirugía, C.A. Asimismo, mediante Resolución N° 011-2011 dictada en fecha 21 de enero de 2011, por el Superintendente Nacional de Valores, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.609 del 4 de febrero de 2011, se resolvió “Intervenir a la sociedad mercantil INSTITUTO METROPOLITANO DE CIRUGÍA, C.A.”, por cuanto “del análisis de la composición accionaria y de los órganos de dirección y administración (…) se pudo determinar que son empresas relacionadas de BANVALOR CASA DE BOLSA, C.A., actualmente sometida a un proceso de liquidación administrativa (…) según consta de Resolución N° 055-2010, de fecha 07 de diciembre de 2010”.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano JAIME BLAS LORENZO DELGADO, contra la sociedad mercantil INSTITUTO METROPOLITANO DE CIRUGÍA, C.A.; en consecuencia, se CONFIRMA, bajo los términos expuestos, la Sentencia consultada de fecha 11 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Juzgado de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
jurisdiccióndespidoliquidaciónSuperintendencia Nacional de Valores