Sentencia N° 720 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de julio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00720, Exp. 2015-0635, 19/07/2016
Expediente2015-0635
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-07-19
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en consulta, confirma parcialmente la sentencia N° 026/2013 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad CEPIMANÍA, C.A. La decisión se basa en la incorrecta aplicación de las reglas de concurrencia de infracciones por parte de la Administración Tributaria. Se ordena la emisión de nuevas Planillas de Liquidación y Pago respecto a ciertas resoluciones de imposición de sanciones.

Extracto de la motiva

La Sala observa que tal pronunciamiento no fue objeto de apelación por parte del Fisco Nacional, razón por la cual, en principio, quedaría firme. Sin embargo, conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.892 Extraordinario del 31 de julio de 2008 (hoy artículo 84 del Decreto N° 2.173 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.220 Extraordinario del 15 de marzo de 2016), al resultar tal pronunciamiento desfavorable a los intereses de la República, debe verificarse previamente en el fallo sometido a revisión las exigencias plasmadas en las sentencias Nros. 00566, 00812 y 00911 dictadas por esta Sala Político-Administrativa en fechas 2 de marzo de 2006, 9 de julio y 6 de agosto de 2008, casos: Agencias Generales Conaven, S.A., Banesco Banco Universal, C.A. e Importadora Mundo del 2000, C.A., respectivamente, así como en el fallo N° 2.157 del 16 de noviembre de 2007, proferido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, caso: Nestlé de Venezuela C.A.; con exclusión de la valoración sobre la cuantía de la causa, según el criterio de esta Máxima Instancia contenido en la sentencia N° 1658 del 10 de diciembre de 2014, caso: Plusmetal Construcciones de Acero, C.A., ratificado en la decisión judicial N° 00114 del 19 de febrero de 2015, caso: Sucesión de Carlota Figueredo de Mancera.

Dispositiva

PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil CEPIMANÍA, C.A. contra la Resolución Nº SNAT-INTI-GRTI-RCO-DJT-ARA-510-2008-000049 de fecha 27 de marzo de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y notificada en fecha 14 de octubre de 2008, la cual se anula parcialmente. SEGUNDO: Se CONFIRMAN las Resoluciones Nros. GRTI-RCO-DFN-7039003709, GRTI-RCO-DFN-7039003710, GRTI-RCO-DFN-7039003711 y GRTI-RCO-DFN-7039003712, todas de fecha 11/06/2007 y sus respectivas planillas de liquidación y pago Nros. 031001227003709, 031001227003710, 031001227003711 y 031001227003712, emitidas por 15, 15, 12,5 y 33 Unidades Tributarias respectivamente. TERCERO: Se ANULAN parcialmente las Resoluciones Nros. GRTI-RCO-DFN-7039003708, GRTI-RCO-DFN-7039003713 y GRTI-RCO-DFN-7039003714 y cuyas multas fueron liquidadas mediante las Planillas de Liquidación y Pago Nros. 031001227003708, 031001227003713 y 031001227003714, las cuales se anulan y se ordena emitir nuevas planillas de liquidación y pago por 3, 16 y 12 Unidades Tributarias respectivamente. Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.

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