La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia relacionado con una demanda de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por Alba Consuelo Sánchez Pineda contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, basándose en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional que establece que los litigios entre docentes y la Administración Pública deben ser resueltos por los tribunales contencioso-administrativos.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, en aplicación de la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual tiene carácter vinculante, es menester citar la sentencia proferida en fecha 12 de febrero de 2004, que establece que el conocimiento de los litigios que versen sobre la relación de empleo público entre docentes y Administración Pública corresponde a los órganos jurisdiccionales con competencia en materia político-administrativa. En consecuencia, se concluye que la presente causa debe ser conocida por un Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que: 1.- Es COMPETENTE para conocer acerca del conflicto negativo de competencia suscitado. 2.- Corresponde a un Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, la COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa.
Palabras clave
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