La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia declinada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo y Aeronáutico del Estado Bolívar, en relación a una demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales presentada por la abogada Jessica Carolina Moreno Meo. La Sala aceptó la competencia, argumentando que la demanda cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dado que se trataba de una reclamación patrimonial contra una empresa del Estado y la cuantía superaba las setenta mil unidades tributarias.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia pronunciarse acerca de la competencia que le fue declinada, a través de la decisión de fecha 2 de noviembre de 2022, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, para conocer la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales incoada el 11 de octubre de 2021, preliminarmente remitida por correo electrónico al referido Circuito el 5 de ese mes y año, por la abogada Jessica Carolina Moreno Meo, identificada en autos, en su condición de mandataria judicial de la sociedad civil Escritorio Jurídico Blanco Rodríguez & Asociados (EJUBRAS), contra la empresa C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A. (CVG VENALUM). Así las cosas, se observa que el referido Juzgado declinó el conocimiento del asunto en esta Sala, al estimar que la demanda de autos fue planteada contra una empresa del Estado, controversia que consideró compete por la materia a la Jurisdicción
Dispositiva
1.- Que ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz. 2.- SU COMPETENCIA para conocer la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales incoada por la abogada Jessica Carolina Moreno Meo, identificada en autos, en su condición de mandataria judicial de la sociedad civil ESCRITORIO JURÍDICO BLANCO RODRÍGUEZ & ASOCIADOS (EJUBRAS), contra la empresa C.V.G. INDUSTRIA VENEZOLANA DE ALUMINIO, C.A. (CVG VENALUM). 3.- REPONE la causa al estado de admisión de la demanda. 4.- ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines que efectúe un reexamen sobre la admisión de la causa, considerando las situaciones precedentemente descritas en la motiva del presente fallo.