Sentencia N° 669 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de julio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00669, Exp. 2010-0487, 08/07/2010
Expediente2010-0487
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2010-07-07
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la empresa LBN Publicidad, C.A. contra la sentencia del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, que había declarado la jurisdicción del Poder Judicial para conocer la demanda de calificación de despido presentada por Ramón Eduardo Barone. La Sala determinó que el recurso era improcedente, confirmando la jurisdicción del Poder Judicial para decidir sobre el caso.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial de la empresa LBN Publicidad, C.A., cuya competencia corresponde a esta Sala de conformidad con lo consagrado en el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil, y en el numeral 20 del artículo 23 de la novísima Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.447 de fecha 16 de junio de 2010, reimpresa en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de ese mismo mes y año. En tal sentido, se observa: En el caso de autos el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declaró la jurisdicción del Poder Judicial para conocer la demanda de autos, por considerar que el trabajador para el momento de su despido devengaba un salario básico mensual superior al señalado en el Decreto de Inamovilidad Laboral Nº 7.154 del 23 de diciembre de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.334 de la misma fecha.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido el 5 de mayo de 2010 por la apoderada judicial de la empresa LBN Publicidad, C.A., contra la sentencia dictada el 28 de abril de 2010 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2.- Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano RAMÓN EDUARDO BARONE, contra la empresa LBN PUBLICIDAD, C.A. 3.- Se CONFIRMA la sentencia dictada el 28 de abril de 2010 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en los términos expuestos en esta decisión. 4.- Se CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en el recurso de regulación de jurisdicción.

Palabras clave

regulación de jurisdiccióndespidoinamovilidad laboral

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