Sentencia N° 653 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de junio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00653, Exp. 2015-1098, 28/06/2016
Expediente2015-1098
PonenteMarco Antonio Medina Salas
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-06-21
DecisiónSe revoca la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha el 21 de julio de 2015.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Apure. Se determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales interpuesta por varios ciudadanos contra la empresa Constructora Brasilera e Mineradora LTDA (CBEMI). Además, se declaró la suspensión de la causa respecto a la Corporación Venezolana de Alimentos, S.A. (CVAL, S.A.) debido a su intervención por parte del Estado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación a la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: Mediante sentencia de fecha 21 de julio de 2015 (folios 346 al 350 de la pieza 3 del expediente), el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto a la Administración Pública, en virtud del proceso de intervención iniciado contra la Corporación Venezolana de Alimentos, S.A. (CVAL, S.A.). Ahora bien, observa la Sala que la demanda interpuesta por los ciudadanos Alicito De Jesús Verenzuela Romero, Jesús Rafael Martínez, Jean Carlos Rodríguez, Yiovanny Orlando López Martínez, Edgar Darío Altahona, Daulis Vianney Silva, Lirio Armando Campos, Jean Carlos Juárez, Rafael Yiovanny Soto, Freddy Artahona Cabeza y Nelson Enrique Martínez Fama, tiene por objeto lograr que la sociedad mercantil Constructora Brasilera e Mineradora Ltda. (CBEMI) y solidariamente la Corporación Venezolana de Alimentos, S.A. (CVAL, S.A.), convengan en pagar o, en su defecto, sean condenadas al pago de las cantidades adeudadas por concepto de prestaciones sociales, salarios retenidos, antigüedad, fideicomiso, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, utilidades, utilidades fraccionadas, bono de asistencia puntual y perfecta, dotación de botas, indemnización por despido injustificado y otros beneficios, y la correspondiente indexación de las cantidades que resulten del cálculo de los conceptos demandados.

Dispositiva

1.- Que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoada por los ciudadanos ALICITO DE JESÚS VERENZUELA ROMERO, JESÚS RAFAEL MARTÍNEZ, JEAN CARLOS RODRÍGUEZ, YIOVANNY ORLANDO LÓPEZ MARTÍNEZ, EDGAR DARÍO ALTAHONA, DAULIS VIANNEY SILVA, LIRIO ARMANDO CAMPOS, JEAN CARLOS JUÁREZ, RAFAEL YIOVANNY SOTO, FREDDY ARTAHONA CABEZA y NELSON ENRIQUE MARTÍNEZ FAMA, contra la empresa CONSTRUCTORA BRASILERA E MINERADORA LTDA (CBEMI). 2.- La SUSPENSIÓN de la causa respecto a la CORPORACIÓN VENEZOLANA DE ALIMENTOS, S.A. (CVAL, S.A.), a partir de la publicación del presente fallo hasta el 30 de junio de 2016, fecha en la cual finaliza el lapso de intervención de dicha Corporación, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución DM/número 001-16 dictada por el Ministro del Poder Popular para la Alimentación el 8 de enero de 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.835 de fecha 25 de enero de 2016. 3.- Se REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha el 21 de julio de 2015.

Palabras clave

jurisdicciónprestaciones socialesintervención

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