Sentencia N° 644 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de abril de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00644, Exp. 2003-0167, 06/05/2003
Expediente2003-0167
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido presentada por Elizabeth Rivas contra la Alcaldía del Municipio Piar del Estado Bolívar. La decisión se fundamenta en que la trabajadora gozaba de inamovilidad laboral debido a la interposición de un pliego de peticiones ante la Inspectoría del Trabajo, lo que obligaba a que la solicitud fuera conocida por dicha entidad administrativa y no por el Poder Judicial.

Extracto de la motiva

En virtud de que se está discutiendo Contrato Colectivo de Trabajo; en consecuencia los trabajadores integrantes de esa convención, estarían amparados por el fuero derivado de la contratación colectiva, todo de conformidad con el artículo 590 de la Ley Orgánica del Trabajo. En consecuencia, según lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores, durante la tramitación de un conflicto de trabajo gozarán de fuero sindical, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 449 eiusdem, los mismos no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud intentada por la ciudadana ELIZABETH RIVAS, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO BOLÍVAR. En consecuencia, se confirma la decisión consultada de fecha 23 de octubre de 2002, mediante la cual el tribunal remitente declaró su falta de jurisdicción respecto de la Administración Pública.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoinamovilidad laboralpliego de peticionescontrato colectivofuero sindicalLey Orgánica del Trabajo

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