Sentencia N° 6314 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de noviembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06314, Exp. 2005-5382, 23/11/2005
Expediente2005-5382
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-11-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por ELI GABRIEL GONZÁLEZ GUERRA contra INTEVEP, S.A. La Sala determinó que el trabajador había acudido a la Inspectoría del Trabajo para solicitar la calificación de su despido, alegando inamovilidad laboral por fuero sindical, lo que corresponde a la jurisdicción administrativa y no a la judicial. La Sala citó los artículos pertinentes de la Ley Orgánica del Trabajo, que establecen que solo se puede despedir a un trabajador con fuero sindical mediante causa justificada y con la autorización del Inspector del Trabajo. En consecuencia, se confirmó la decisión del Juzgado remitente que había declarado su falta de jurisdicción, remitiendo el caso a la Inspectoría del Trabajo para que esta determinara la situación del trabajador. Finalmente, la Sala advirtió sobre la impropiedad de la actuación del demandante al presentar solicitudes ante ambas instancias, indicando que debió acudir al órgano jurisdiccional solo si la decisión de la Inspectoría le resultaba desfavorable.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la consulta planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en virtud de la sentencia que dictara en fecha 14 de octubre de 2005, mediante la cual declaró su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública. Señalado lo anterior, esta Sala observa de la revisión de las actas que componen el presente expediente, que efectivamente tal como lo advirtió el Tribunal consultante, el hoy accionante acudió ante la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda en fecha 25 de febrero de 2003, a los fines de que le calificara el despido y ordenara el reenganche con el correspondiente pago de los salarios caídos, siendo alegada en tal solicitud una causal de inamovilidad, como lo es el hecho de que el trabajador para el momento de producirse el despido se encontraba presuntamente investido del fuero sindical por ser miembro del Sindicato Unión Nacional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos de los Hidrocarburos y sus Derivados, (UNAPETROL). Al respecto, esta Sala observa que, tal como indicó el Tribunal remitente, los artículos 449, 450, 453 y 454 de la Ley Orgánica del Trabajo, disponen: "Artículo 449. Los trabajadores que gocen de fuero sindical de acuerdo con lo establecido en esta Sección, no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo. El despido de un trabajador amparado por fuero sindical se considerará írrito si no han cumplido los trámites establecidos en el artículo 453 de esta Ley. La inamovilidad consagrada en virtud del fuero sindical se otorga para garantizar la defensa del interés colectivo y la autonomía en el ejercicio de las funciones sindicales."

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano ELI GABRIEL GONZÁLEZ GUERRA, ya identificado, contra la sociedad mercantil INTEVEP, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A. En consecuencia, se confirma la decisión consultada de fecha 14 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Palabras clave

jurisdicciónfuero sindicaldespidoreenganchesalarios caídosLey Orgánica del TrabajoInspectoría del Trabajo

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