Sentencia N° 614 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00614, Exp. 2012-1188, 03/06/2015
Expediente2012-1188
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-06-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por STATOIL VENEZUELA, A.S. contra la Resolución Culminatoria de Sumario N° 1420 del INCES. La decisión se basa en la improcedencia de incluir las utilidades y el bono vacacional en la base de cálculo de la contribución del 2%, considerándolos como remuneraciones complementarias no gravables.

Extracto de la motiva

La Sala observa que las partidas de utilidades y bono vacacional no resultan gravables a los fines del cálculo de la contribución del dos por ciento (2%) y, por tanto, tampoco proceden las multas e intereses moratorios ocasionados en virtud de su accesoriedad con respecto a la obligación tributaria principal. Se confirma la sentencia consultada en este aspecto.

Dispositiva

1.- Que PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva N° 1782 dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 21 de marzo de 2012, la cual declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio STATOIL VENEZUELA, A.S, contra la Resolución Culminatoria de Sumario N° 1420 de fecha 10 de septiembre de 2002, emanada de la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). 2.- Conociendo en consulta, se CONFIRMA el fallo antes mencionado.

Palabras clave

repetición de pagofalso supuesto de derechoutilidadesbono vacacionalINCECódigo Orgánico Tributariocontencioso tributario

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